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Publicada: 04-03-2021
Varapalo al fraccionamiento de contratos para cubrir la misma necesidad. |
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ALICANTE, 4 Marzo (SPS).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SAE (CORREOS) a indemnizar con 51,55 euros desde el año 2015 a una cartera de Alicante a la que se saltó en la bolsa de empleo para contratar a otro profesional que no le correspondía el contrato.
Según el Sindicato Solidaridad Postal (CORREOS) en Alicante, que ha defendido a su afiliada perjudicada, el TSJCV revoca la sentencia del Juzgado de lo Social Cuatro de Alicante dictada en junio del 2017, que desestimó la demanda contra la empresa y el trabajador favorecido
El alto tribunal de Valencia revoca la sentencia del Juzgado de lo Social y concede a la trabajadora el derecho a percibir la cantidad de 51,55 euros por cada día que haya estado sin prestar servicios desde el año 2015
Los hechos se remontan a noviembre del 2014, cuando la demandante estaba disponible en la bolsa de Correos y fue contratada mensualmente para sustituir a un liberado sindical, pero el día 5 de enero del 2015 fue contratado otro profesional para sustituir al mismo liberado.
La afiliada al Sindicato Solidaridad Postal se quedó sin contrato en enero del 2015 de manera indebida por estar previamente contratada para sustituir al liberado y estar incluida en la bolsa de contratación con mejor derecho que el candidato al cual se le ofertó la contratación.
Este hecho provocó la pérdida de contratos desde el 2015 que le pertenecían por su disponibilidad y puntuación en la bolsa, por lo que la demandante solicitó que se le reconociera que tenía derecho al contrato de sustitución del liberado desde el año 2015 y al pago de salarios perdidos
La empresa CORREOS alegó en su recurso que previamente a la demandante se había contratado a otro trabajador en el mes de septiembre del 2014para la suplencia del mismo liberado y el derecho a reclamar le correspondía al primer suplente.
La sentencia del TSJCV, sin embargo, rechaza estos argumentos y condena a CORREOS a indemnizar a la trabajadora por los salarios perdidos desde el año 2015 y declara el derecho de la demandante a cubrir la sustitución del liberado sindical.
El TSJCV considera probado que CORREOS infringió las bases de la convocatoria y orden de las bolsas de empleo que obliga a mantener la contratación con quien este cubriendo la necesidad de suplencia.
El Sindicato Solidaridad Postal considera que el fallo judicial deja en evidencia las irregularidades en la contratación de Correos y el fraccionamiento de contratos para cubrir la misma necesidad y servirá de precedente para que no vuelvan a repetirse estas graves actuaciones por parte de la empresa pública..
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