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Publicada: 01-09-2017
Alicante a 14 de Agosto de 2017(SSP). El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha dictado una sentencia notificada el mes de julio, en la que considera que las mejoras de prestaciones por incapacidad y accidente de trabajo establecidas en el III Convenio de Correos y Telégrafos que percibe un/a trabajador/a durante el periodo de baja, se deben de pagar cuando un trabajador es despedido y deben de incluir la parte proporcional de pagas extraordinarias hasta alcanzar el 100% del salario mensual previo a su despido o extinción de contrato.
Se trata de la primera sentencia que emite este Tribunal sobre el asunto a pesar de la posición contraria del INSS, la Mutua, la empresa.
El TSJ Comunidad Valenciana concede la razón a un trabajador de Correos, agente de clasificación postal, despedido y afiliado al Sindicato Solidaridad Postal, que se enfrentó al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Mutua y Correos. El trabajador fue despedido estando de baja y paso a cobrar del INSS la prestación de incapacidad del 70% hasta su recuperación. Tras ser declarado nulo su despido, reclamo el 100% del salario mensual durante el periodo que estuvo enfermo al INSS, la Mutua y Correos, sin éxito. El Juzgado de lo Social 6 de Alicante en febrero del 2016, le dio la razón al trabajador condenando a Correos a pagar el salario mensual excluyendo la parte proporcional de la paga extra y absolviendo al INSS y la Mutua Muprespa.
El trabajador no conforme recurrió, a través de los servicios jurídicos del Sindicato Solidaridad Postal, y ahora el TSJ de la Comunidad Valenciana, vuelve a dar la razón al trabajador. El TSJCV, revoca la sentencia del Juzgado de lo Social y concede al trabajador el 75% de las prestaciones de baja por Incapacidad del mes anterior a su despido condenando al INSS y MUPRESPA a abonar la prestación y condena a Correos a pagar y completar hasta el 100% del salario incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias .
El Sindicato Solidaridad Postal calcula que hay 37.000 trabajadores laborales fijos y temporales de Correos que podrían beneficiarse de la interpretación fijada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Fuente
RRHH PressÚltimas noticias
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