El Tribunal Supremo ha obligado al Tribunal al Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictar una nueva sentencia en la que se pronuncie sobre el fondo de una extinción de subsidio de desempleo como consecuencia de la sanción del Servicio Público Estatal de Empleo (SPEE), el antiguo INEM.
La Sala de lo Social del Supremo, acuerda el derecho de esta mujer a que la sentencia del Juzgado de lo Social Uno de Alicante sea revisada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y anula así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) de 20 de febrero del 2014, que desestimó su pretensión sin entrar en el fondo del asunto al no alcanzar la devolución de prestaciones indebidas la cuantía de 3000 euros.
La sentencia, con ponencia de la magistrada Rosa María Viroles, esgrime que la trabajadora no se limita a reclamar contra la devolución del cobro indebido de 1659,68€ sino también contra la resolución del SPEE que consideraba no ajustada a derecho la extinción del subsidio de desempleo por sanción grave del artículo 25.5 de la ley de Infracciones del Orden Social(LISOS), lo cual acarrea a la trabajadora la perdida de todos los derechos como demandante de empleo, siendo aplicable en este caso el artículo 191.3, letra c) y no el articulo 192.3 y 4 de la LRJS, que aplico el TSJCV en la sentencia hoy anulada, que limita la posibilidad de recurrir las sentencias, a que la cuantía del cobro indebido sea superior a 3000€.
Valoración del Sindicato Solidaridad Postal.
La sentencia es importante, en cuanto unifica el criterio para todos los Juzgados y Tribunales Superiores de Justicia que estaban rechazando en su mayoría admitir o resolver sobre el fondo los recursos de suplicación por extinción de prestaciones y subsidios de desempleo cuando el cobro indebido reclamado por el Servicio Público de Empleo (SPEE) era inferior a 3000€ euros.
