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Publicada: 21-12-2015
En aplicación de lo previsto en los artículos 17.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, y 77 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, esta Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), previa convocatoria pública cuyo anuncio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado y en la Plataforma de Contratación del Estado el 29 de octubre de 2015, ha suscrito el 15 de diciembre de 2015 con diversas Entidades de Seguro Concierto para el aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma durante los años 2016-2017.
Con objeto de dar público conocimiento del contenido completo del concierto y de las entidades de seguro que lo han suscrito, así como de la regulación del cambio de entidad prestadora de la asistencia sanitaria en territorio nacional,
Esta Dirección General resuelve:
Primero.
Publicar, como anexo a esta Resolución, el texto del «Concierto de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma, durante los años 2016-2017».
Segundo.
Hacer público que el Concierto ha sido suscrito con las siguientes entidades de seguro de asistencia sanitaria:
ASISA, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, S.A.U.
DKV, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española.
Igualatorio Médico-Quirúrgico Colegial, S.A de Seguros.
SEGURCAIXA ADESLAS, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
Tercero.
Determinar que durante el mes de enero de cada año de vigencia del Concierto, los titulares afiliados a MUFACE que lo deseen podrán cambiar por una sola vez de Entidad, mediante la oportuna solicitud, para adscribirse a alguna de las Entidades que han suscrito Concierto para los años 2016-2017 y que se relacionan en el apartado segundo de esta Resolución, o al Instituto Nacional de la Seguridad Social (Sistema Sanitario Público). Los titulares que no soliciten cambio continuarán adscritos a la misma Entidad que lo estén a 31 de diciembre de cada año de vigencia del Concierto.
Este plazo es único para los cambios ordinarios de Entidad, pudiendo realizarse cambios extraordinarios únicamente en los supuestos específicos previstos en el correspondiente concierto.
Cuarto.
Disponer que en los Servicios Provinciales y Oficinas Delegadas de MUFACE se expongan, a disposición de los titulares que deseen consultarlos, los Catálogos de Proveedores de la respectiva provincia correspondientes a las entidades de seguro concertadas. Asimismo, dicha información será accesible a través de la página web de la Mutualidad: www.muface.es
Madrid, 16 de diciembre de 2015.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, P. S. (Real Decreto 577/1997, de 18 de abril), la Secretaria General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Dolores López de la Rica.
ANEXO
Concierto de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado con Entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma, durante los años 2016-2017
ÍNDICE
Capítulo 1. Objeto del concierto, alcance de la acción protectora y ámbito de aplicación.
1.1 Objeto del Concierto y alcance de la acción protectora.
1.2 Colectivo protegido.
1.3 Nacimiento y extinción del derecho a recibir la asistencia sanitaria de la Entidad.
1.4 Cambios de Entidad prestadora de la asistencia sanitaria.
1.5 Tarjeta sanitaria de la Entidad.
1.6 Actuaciones de la Entidad relativas a su oferta de servicios.
Capítulo 2. Cartera de servicios.
2.1 Normas generales.
2.2 Cartera de servicios de Atención Primaria.
2.3 Cartera de servicios de Atención Especializada.
2.4 Cartera de servicios de Atención de Urgencia y Emergencia.
2.5 Programas preventivos.
2.6 Cuidados paliativos.
2.7 Rehabilitación.
2.8 Salud bucodental.
2.9 Prestación farmacéutica y con productos dietéticos.
2.10 Transporte para la asistencia sanitaria.
2.11 Otras prestaciones.
2.12 Incorporación de nuevos medios de diagnóstico y tratamiento. Procedimiento para la actualización de la Cartera de Servicios del Concierto.
Capítulo 3. Medios de la entidad.
3.1 Normas generales.
3.2 Criterios de disponibilidad de medios.
3.3 Catálogo de Proveedores.
3.4 Responsabilidad de edición y entrega del Catálogo de Proveedores e información en la página web de la Entidad.
3.5 Invariabilidad de los Catálogos de Proveedores de la Entidad.
3.6 Principio de continuidad asistencial.
Capítulo 4. Normas de utilización de los medios de la entidad.
4.1 Norma general.
4.2 Identificación.
4.3 Mutualistas no adscritos a Entidad y sus beneficiarios.
4.4 Procedimiento de acceso y prestación de la asistencia en consulta.
4.5 Procedimiento de acceso y prestación en asistencia domiciliaria.
4.6 Procedimiento de acceso y prestación en asistencia de urgencia y emergencia.
4.7 Procedimiento de acceso y prestación de asistencia en régimen de hospitalización.
4.8 Requisitos adicionales para la utilización de medios.
4.9 Hospitales privados no concertados.
Capítulo 5. Utilización de medios no concertados.
5.1 Norma general.
5.2 Denegación injustificada de asistencia.
5.3 Asistencia urgente de carácter vital en medio no concertado.
Capítulo 6. Información, documentación sanitaria y objetivos de calidad.
6.1 Información y documentación sanitaria
6.2 Historia clínica digital y receta electrónica
6.3 Calidad de la asistencia sanitaria
Capítulo 7. Régimen jurídico del concierto.
7.1 Naturaleza y régimen del Concierto y de las relaciones en él basadas.
7.2 Naturaleza y régimen de las relaciones asistenciales.
7.3 Comisiones Mixtas.
7.4 Procedimiento para sustanciar las reclamaciones.
7.5 Procedimiento de ejecución de reclamaciones estimadas.
7.6 Procedimiento especial para sustanciar reclamaciones con el mismo objeto.
7.7 Descuentos por gastos de farmacia.
7.8 Compensaciones económicas por incumplimiento parcial de obligaciones definidas en el Concierto.
Capítulo 8. Duración, régimen económico y precio del concierto.
8.1 Duración del Concierto.
8.2 Régimen económico del Concierto.
8.3 Precio del Concierto e incentivos a la calidad.
8.4 Deducciones por fallos de disponibilidad.
8.5 Condiciones de pago.
Anexo 1. Asistencia sanitaria transfronteriza.
1. Normas generales.
2. Prestaciones sanitarias sujetas a autorización previa y procedimiento para su obtención.
3. Procedimiento para el reembolso de los gastos para la asistencia sanitaria transfronteriza.
Anexo 2. Medios de asistencia en zonas rurales.
1. Normas generales.
2. Habilitación a MUFACE.
3. Objeto.
4. Contenido.
Anexo 3. Criterios de disponibilidad de medios por niveles asistenciales.
1. Criterio general.
2. Disponibilidad de medios de Atención Primaria.
3. Definición de los niveles de Atención Especializada y Cartera de Servicios.
4. Disponibilidad de medios de Atención Especializada en Consultas Externas o Ambulatorias.
5. Condiciones complementarias para el territorio insular.
Anexo 4. Instrucciones para la elaboración y difusión del catálogo de proveedores.
Anexo 5. Relación de servicios que precisan autorización previa de la entidad y procedimiento para su obtención.
1. Servicios que precisan autorización previa de la Entidad.
2. Procedimiento para la obtención de autorización previa
Anexo 6. Sistema de información asistencial.
1. Registro de actividad/coste.
2. Información sobre asistencia sanitaria transfronteriza.
3. Registro de CMBD.
4. Registro de medios sanitarios.
Anexo 7. Compensaciones económicas por incumplimiento parcial de obligaciones definidas en el concierto. Procedimiento para su imposición.
1. Criterio general, infracciones y compensaciones económicas.
2. Procedimiento para la imposición de las compensaciones económicas.
Anexo 8. Sistema de asignación de incentivos a la calidad de la asistencia y deducciones por fallos de disponibilidad.
1. Asignación del incentivo de calidad.
2. Criterios de asignación de los incentivos económicos vinculados a los objetivos de calidad.
3. Deducciones por fallos de disponibilidad.
Anexo 9. Informes, exploraciones o pruebas prescritas por los órganos de valoración de incapacidades y otros órganos de MUFACE.
Anexo 10. Baremo de reintegro de pruebas prescritas para valoración de incapacidades.
Anexo 11. Tarifas para el reembolso de los gastos por la asistencia sanitaria transfronteriza.
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