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Publicada: 27-09-2014
Varias sentencias de los Juzgado de lo Social reconocen el derecho que tienen los trabajadores a seguir de baja mientras no estén totalmente recuperados.
Esta situación no es reconocida por el INSS, la TGSS y Muprespa, a pesar de que es un criterio constante de los tribunales en aplicacion del artículo 128 de la Ley General de Seguridad Social.
La reciente sentencia del Juzgado de lo Social de Alicante de septiembre del 2014, reconoce el derecho del trabajador a mantener las prestaciones por enfermedad mientras que el cuadro clínico sea susceptible de mejora y no de secuelas definitivas( incapacidad permanente).
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