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Publicada: 28-07-2012
El motivo de determinar unos criterios de evaluación surge de la necesidad de comprobar que los candidatos reúnen unos niveles óptimos de exigencia en el comportamiento y en su rendimiento; es decir, se trata de valorar las cualidades y capacidades de la persona en el puesto de trabajo.
Dado que los motivos para evaluar a un candidato pueden ser muy numerosos, se indican a continuación criterios a tener en cuenta para realizar dicha evaluación, si bien los mismos no constituyen un numerus clausus pudiendo en todo caso apreciarse otros aspectos vinculados al desempeño que también permitan evaluar al candidato.
Por otro lado, se pondrá igualmente atención a otros aspectos que también permiten evaluar al candidato tales como las conductas del trabajador fuera del ámbito laboral y no relacionadas con el mismo que generen alarma social (violencia de género, etc.), cuando éstas sean constitutivas de delito y exista una condena penal, la apertura de un expediente disciplinario no llevado a efectos por haberse extinguido la relación temporal existente en el momento de acaecimiento de los hechos y con carácter general todos aquellos comportamientos relacionados con la normativa de incompatibilidades o cualesquiera otros que suponga un fraude o deslealtad hacia la compañía.
En suma situaciones que, por su gravedad, revelan la no idoneidad del candidato para volver a prestar sus servicios en Correos por bien de la empresa, de su servicio y del conjunto de trabajadores.
Se procurará que las evaluaciones negativas al desempeño incorporen informes de más de un superior, salvo en los supuestos de los que se reflejen hechos o comportamientos graves suficientemente justificados o documentados.
El Responsable de Recursos Humanos comunicará la evaluación negativa al desempeño y el decaimiento, de forma motivada, al empleado y a la Comisión de Empleo Provincial con carácter previo a su efectividad indicando las bolsas a las que afecta y la fecha de efectos.
Como criterio general, el decaimiento por evaluación negativa de acuerdo con la naturaleza del hecho causante podrá afectar a una o a las dos bolsas de empleo en la que este inscrito. No obstante, cuando los informes reflejen hechos o comportamientos graves, la evaluación negativa afectará a todas las bolsas en la que esté inscrito el candidato.
Por último, en atención a la trascendencia que conlleva para ambas partes dicha evaluación, se tendrá en cuenta en todo caso, trayectoria y experiencia profesional del empleado en su prestación de servicios durante su vinculación a Correos.
En Madrid, a 26 de julio de 2012.
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