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Publicada: 30-11-2012
El incremento de tráfico postal y telegráfico que, según las previsiones, se producirá durante el período de la Campaña de Navidad de 2012, tiene especial incidencia sobre las unidades de tráfico de Correos, que conduce no sólo a la necesidad de adoptar medidas organizativas y a la contratación complementaria, sino asimismo a un mayor esfuerzo del personal para alcanzar mayores resultados productivos. Este conjunto de medidas contribuirá al mantenimiento de los niveles de calidad y de regularidad de la prestación del servicio e influirá positivamente en los resultados de la Sociedad. El mayor esfuerzo del personal tiene como contrapartidas las compensaciones fijadas en las siguientes:
INSTRUCCIONES
1. GRATIFICACIÓN FIJA
1.1.- Ámbito Subjetivo.
Podrán percibir esta gratificación -en la cuantía que corresponda según se explica en el apartado siguiente- los empleados de Correos que reúnan los siguientes requisitos:
1.2.- Cuantía y descuentos.
Se percibirá una gratificación de 95.08 euros, en concepto de mayor productividad, por el conjunto de la Campaña de Navidad. Por cada día de inasistencia al trabajo dentro de su jornada habitual, en el período indicado, se descontará de la compensación señalada la cuantía de 12,02 euros en el caso del primer día; que será de 18,03 euros en el segundo y tercero, salvo por causa justificada de nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves de un familiar previstos en la regulación interna de Correos y por accidente de trabajo producido durante el mes de noviembre o diciembre.
Igualmente el personal operativo, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá disfrutar de hasta dos días de permiso (asuntos propios, días adicionales a las vacaciones, o días adicionales por antigüedad) sin penalización, entre los días 5, 7, y otro a elegir de los restantes del mes de diciembre, tras garantizar una adecuada cobertura del servicio.
Fuera de este supuesto se perderá el derecho a la percepción de la compensación económica en el supuesto de que se produzca la inasistencia al trabajo durante más de tres días en el período señalado del 1 al 31 de diciembre de 2012.
2. NORMAS GENERALES ORGANIZATIVAS.
En el periodo que comprende la Campaña de Navidad, y con la finalidad de garantizar los plazos de calidad, se podrán adoptar medidas organizativas que permitan adaptar la capacidad productiva a las necesidades operativas.
Para atender estas actuaciones extraordinarias que pudieran surgir en las unidades de distribución tales como efectuar repartos puntuales, fuera de los horarios habituales, se actuará conforme a lo establecido el apartado 5.1 de estas instrucciones.
Igualmente cuando la intensidad del tráfico justifique actuaciones extraordinarias en las unidades admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento, se actuará conforme a lo establecido el apartado 5.1 de estas instrucciones.
La compensación a los empleados se efectuará mediante horas adicionales.
3. SERVICIOS EXCEPCIONALES QUE SE DEBEN REALIZAR LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE.
El personal que preste su servicio durante los días 24 y 31 de diciembre en cualquiera de las unidades operativas (admisión y oficinas, tratamiento o distribución), será el mínimo imprescindible para atender las necesidades de cada una de estas unidades.
En las oficinas postales prestarán servicio estos días, con el personal mínimo
imprescindible las siguientes:
La prestación de servicios en estos días será retribuida con un módulo de79,48 euros por trabajador/día.
4. SERVICIOS A REALIZAR LOS DIAS 25 DE DICIEMBRE DE 2012 Y 1 DE ENERO DE 2013.
Como norma general, no se prestará ningún servicio en estos días. Los empleados de los centros de tratamiento, que por turno, les corresponda trabajar las noches de los días 25 a 26 de diciembre y 1 a 2 de enero, realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias para la organización de los servicios postales en dichos centros.
5. NORMAS COMPLEMENTARIAS DE CARÁCTER GENERAL.
Madrid, 28 de noviembre de 2012.
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