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Publicada: 11-07-2011
CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO DESTINADAS A LA COBERTURA TEMPORAL DE PUESTOS OPERATIVOS
SUMARIO:
Número de candidatos de las bolsas de empleo
5. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
7. PUBLICACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
9. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
10.- MOTIVOS PARA DECAER DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
11.- VIGENCIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de todas las Bolsas de Empleo de Correos, previo tratamiento ante la Comisión de Empleo Central.
Estas Bolsas persiguen el objetivo de posibilitar la contratación de personal laboral para atender, por distintas necesidades, la cobertura temporal de los puestos del Grupo Profesional IV del Convenio Colectivo: Atención al Cliente, Agente/Clasificación, Reparto 1 (moto/servicios rurales motorizados) y Reparto 2 (pié/servicios rurales no motorizados), de la S.E. Correos y Telégrafos, S.A.
Todas las personas que actualmente figuran activas en las antiguas bolsas de empleo, si quieren formar parte de estas nuevas bolsas, tiene que volver a participar, dado que éstas se van a configurar con los nuevos requisitos y criterios que se establecen en esta convocatoria.
Igualmente, el personal fijo discontinuo que desee optar a la cobertura de necesidades de carácter temporal durante los periodos de no llamamiento deberá presentar solicitud en este proceso.
Los ámbitos geográficos de cada Bolsa de Empleo son los que figuran relacionados en el Anexo a esta convocatoria.
Esta convocatoria y las actuaciones que de ella se derivan se encuentran publicadas en la página Web de Correos, en la Intranet Corporativa y en su caso, a través de los medios adicionales de publicidad que resulten necesarios.
Las Bolsas de Empleo se constituyen a nivel provincial y en las Oficinas de nivel técnico detalladas en el Anexo de bolsas, con su dimensionamiento, a esta convocatoria, para los puestos que en cada caso se especifican y con el número de puestos que en cada una de ellas también se indica.
El ámbito geográfico de cada una de las Bolsas de Empleo comprende la propia localidad (capital u oficina técnica) y los centros de trabajo ubicados en ella, así como las oficinas y/o servicios rurales de ella dependientes, ya sean de jornada completa o parcial. Se utilizarán para la cobertura de todas las necesidades de personal temporal que se produzcan en las localidades, centros de trabajo, oficinas y/o servicios rurales que conformen en cada momento el ámbito geográfico de la Bolsa.
A este respecto se relacionan en el citado Anexo, dentro de cada ámbito geográfico (capital u oficinas técnicas), las oficinas y/o servicios rurales de ellos dependientes a la fecha de la convocatoria, con indicación, en su caso, de los requisitos de aportación de local y medio de enlace (vehículo) de cada uno de ellos.
En cada ámbito geográfico existirán como máximo cuatro bolsas de empleo:
· Reparto 2 (pié/servicios rurales no motorizados)
Número de candidatos de las bolsas de empleo
Las bolsas de empleo contienen un número máximo de candidatos que ha sido determinado teniendo en cuenta los volúmenes de tráfico postal, la media de contratación temporal, el empleo y la evolución del índice de absentismo médico.
Los candidatos podrán figurar en todo caso, como máximo en dos bolsas de empleo de Correos. Las bolsas en las que puede estar inscrito pueden ser de la misma provincia o provincia limítrofe. No se admitirán las solicitudes de las personas que incumplan este requisito.
Las bolsas configuradas se utilizarán tanto para la contratación a tiempo completo como para tiempo parcial. Para esta última modalidad de contratación será necesario que así se haya señalado en la solicitud.
Los aspirantes podrán elegir si desean, o no, trabajar en los servicios rurales incluidos en el ámbito geográfico de la/s bolsas que solicite, haciendo constar en la solicitud, en el lugar reservado para ello, lo siguiente:
1. Si su solicitud se presenta sólo para trabajar en servicios rurales, o por el contrario, a cualquier tipo de necesidad de cobertura.
2. Si desea trabajar en servicios rurales de jornada completa y/o a tiempo parcial.
3. O bien, también tendrá la opción de indicar los servicios rurales específicos en los que se quiere inscribir.
En todo caso, con carácter general para aquellos peticionarios de servicios rurales se exigirá el compromiso de aportar los medios que se requieran para su desempeño (vehículo, local, etc.).
A los candidatos inscritos en servicios rurales, de acuerdo con su solicitud, les serán de aplicación todo el régimen de funcionamiento de las bolsas.
Dado el número de necesidades de cobertura que se pueden producir en el turno de noche, los solicitantes pondrán marcar en su solicitud si desean trabajar en este turno.
5. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
1. Haber cumplido 18 años.
2. Reunir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.
3. Titulación: De acuerdo con el Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, se requiere titulación de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, o titulación oficial que la sustituya o conocimientos, experiencia y aptitudes en el desempeño de su profesión equivalentes a esta titulación.
4. Para la bolsa de Reparto en Moto se requerirá la posesión del permiso de conducir moto A, A1 (A2 antiguo), o la posesión del permiso de conducir B (B1 antiguo), con una antigüedad superior a tres años salvo para los servicios rurales con automóvil. En todo caso, el candidato que se inscriba para puestos de reparto en moto se compromete al desempeño de dicho puesto.
5. Para las bolsas solicitadas en las que sea necesario aportar vehículo y/o local se requerirá del candidato cumplir con tal obligación, así como estar en posesión del correspondiente permiso de conducir.
6.- No haber sido separado del servicio ni despedido disciplinariamente.
7.- No haber sido rescindido un contrato por la no superación de un periodo de prueba en Correos de la bolsa que solicita.
8.- No haber sido evaluado negativamente para el desempeño de un puesto de trabajo de la bolsa que solicita.
9.- No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
10. No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar, acreditado por los servicios médicos de Correos. Los reconocimientos médicos tendrán carácter obligatorio.
11. Cumplir con los requisitos establecidos para los puestos de trabajo que comprenden las bolsas de empleo ofertadas en esta convocatoria.
Estos requisitos deberán reunirse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y deberán ser acreditados, en su caso, en el momento de efectuar la contratación.
Este trámite de acreditación no se exigirá a quienes hubieran finalizado un anterior contrato temporal para el mismo puesto, dentro del año anterior a la formalización del nuevo contrato, salvo los requisitos de aptitud física, cuya acreditación podrá solicitarse en cualquier momento.
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma online en la página habilitada al efecto en internet www.correos.es/particulares/información corporativa/recursos humanos y en la intranet de Correos. Para grabar/cumplimentar la solicitud se seguirán las instrucciones que figuran en la misma. No se admitirán solicitudes presentadas de distinta forma.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 11 al 29 de julio de 2011, ambos inclusive.
No obstante los datos contenidos en la solicitud, así como los requisitos exigidos, se deberán acreditar con carácter previo a la contratación, salvo que ya obren en poder de Correos por anteriores contrataciones. En caso de falsedad en los datos o de no poseer los requisitos exigidos, el aspirante decaerá de la Bolsa de Empleo.
7. PUBLICACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
Una vez finalizado el proceso de gestión y ordenación de solicitudes, el listado de cada bolsa se expondrá en los mismos lugares donde se ha publicado la convocatoria, especificándose para el caso de las solicitudes no admitidas la razón de su exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de reclamación para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.
Las Bolsas de Empleo se constituirán ordenando a los candidatos según la puntuación obtenida al 31 de julio del 2011 con arreglo al siguiente baremo:
A estos efectos, para el caso de los servicios rurales, que en la Convocatoria del 2008 no estaban integrados en las bolsas, se entenderán que los servicios prestados en los mismos corresponden a la bolsa de reparto moto o pie del ámbito geográfico correspondiente.
2. A los aspirantes que hubieran obtenido determinadas respuestas correctas en el ejercicio de oposición de la última convocatoria (según provincia diferente fecha), se le valorará conforme al siguiente escalonado:
a. De 30 a 39 preguntas acertadas: 0,25 puntos.
b. 40 a 49 preguntas acertadas: 0,50 puntos
c. De 50 a 59 preguntas acertadas: 1 punto
d. De 60 a 69 preguntas acertadas: 2 puntos
e. De 70 a 79 preguntas acertadas: 3 puntos
f. Más de 80 puntos: 4 puntos
· Título de Bachiller Superior o Bachillerato Unificado Polivalente con 1 punto.
· Titulo de Formación Profesional Grado Medio comprendido en las familias profesionales de “Administración y gestión”, “Comercial y Marketing” e “Informática y comunicaciones” con 1 punto.
· Título de Formación Profesional Grado Superior comprendido en las familias profesionales antes mencionadas, con 1,5 puntos.
Esta puntuación es incompatible con la del punto anterior.
· Por titulación universitaria, 1,5 puntos.
· Curso de Productos con 0,75 puntos.
· Curso de Atención al Cliente Reparto con 0,75 puntos.
· Curso de Productos con 0,75 puntos.
· Curso de Atención al Cliente Oficinas con 0,75 puntos.
La Bolsa se ordenará en función de la puntuación obtenida hasta el límite máximo de puestos que tiene asignado cada bolsa.
En caso de empate se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
1º. El número de días efectivamente trabajados en el puesto, y provincia.
2º. El número de días efectivamente trabajados en Correos.
3º. Si se trata de una bolsa de reparto 1 (moto), se tendrá en cuenta el que disponga de la puntuación adicional por el permiso específico de moto.
4º. En cualquier caso, si persiste el empate, la Comisión de Empleo Central determinará otros criterios objetivos de desempate.
9. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Una vez constituidas las Bolsas de Empleo, y a la hora de atender las necesidades de contratación temporal se tendrá en cuenta lo siguiente:
El llamamiento se realizará por el orden de puntuación de los candidatos en las Bolsas, hasta agotar la misma. Una vez llegado al final de la Bolsa se comenzará de nuevo por el primer candidato de la misma, y así sucesivamente hasta nueva convocatoria. No obstante, en la Comisión de Empleo Central, se estudiarán fórmulas de gestión que eviten la rotación excesiva y la corta duración de las contrataciones.
Los criterios de preferencia para la adjudicación de contratos serán los estipulados en el Anexo III Ingreso y Ciclo de Empleo del Acuerdo General de 5 de abril de 2011.
10.- MOTIVOS PARA DECAER DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
El decaimiento de los aspirantes de las Bolsas en que figure inscrito se producirá en alguna de las siguientes circunstancias:
11.- VIGENCIA DE LAS BOLSAS DE EMPLEO
Las Bolsas de Empleo resultantes de la presente convocatoria mantendrán su vigencia hasta la constitución de otras por una nueva convocatoria.
En Madrid, a 22 de junio de 2011.
El Direactor de Recursos Humanos, Luis Pérez Capitan
Fuente
SOLICITUDAdjuntos
Bases convocatoria ingreso 2011. (PDF)
Instrucciones para la solicitud de bolsas 2011 (PDF)
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