CONVOCATORIA DE ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS SIN INTERÉS 2015
Se convocan préstamos y anticipos a cuenta, sin interés, en las condiciones previstas en las siguientes instrucciones.
1.- BENEFICIARIOS
Podrán solicitar anticipos y préstamos personales, a cuenta, todo el personal funcionario y laboral fijo en situación de activo en Correos.
No obstante lo anterior, estarán excluidos:
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Los funcionarios y laborales fijos que a 31 de diciembre de 2015 les falten 24 o menos meses para la edad de jubilación.
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Los funcionarios y laborales fijos que tengan iniciado un expediente de jubilación o situación similar.
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El personal laboral fijo discontinuo.
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Los suspensos provisionales.
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Aquellos empleados cuyas retribuciones dinerarias íntegras en 2014 con cargo a Correos hayan sido superiores a 25.000 €
2.- REQUISITOS
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El peticionario no deberá tener, en la fecha de solicitud, otro anticipo o préstamo de los referidos en esta convocatoria pendiente de amortización. A quien con anterioridad se le hubiese concedido ya un anticipo o préstamo, no podrá solicitar otro hasta pasados doce meses desde el término de la amortización del mismo, siendo ineficaz, a estos efectos, la cancelación adelantada del anterior anticipo o préstamo.
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El interesado deberá comprometerse, formalmente, a mantener y respetar la retención de haberes que para la amortización del anticipo o préstamo se señale, aunque por otras retenciones judiciales o administrativas quede totalmente absorbida la parte del sueldo legalmente embargable.
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El beneficiario del anticipo o préstamo se compromete al pago de la cuota del seguro colectivo de vida temporal concertado, cuyas coberturas aseguradas son el fallecimiento o la invalidez absoluta y permanente para todo trabajo que pudiera producirse durante el plazo de amortización del mismo. El importe del seguro se abonará en una sola cuota, que se detraerá de la cantidad prestada.
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El interesado se comprometerá a reintegrar, en una sola vez, las cantidades pendientes de amortización cuando, por cualquier causa, deje de percibir sus haberes por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, a excepción de lo previsto en el apartado cuatro de esta convocatoria.
3.- IMPORTE DE LOS ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS
Podrán solicitarse anticipos o préstamos de los regulados en las presentes instrucciones por los siguientes importes:
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1.000 €
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2.200 €
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3.500 €
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4.500 €
No se admitirán fracciones de las cantidades enumeradas anteriormente.
4.- PLAZO DE AMORTIZACIÓN
El plazo de amortización del anticipo o préstamo será de 24 meses.
Sólo en el caso de los beneficiarios que durante el período de amortización se acojan a una licencia sin sueldo, de hasta tres meses de duración, se interrumpirá, excepcionalmente, la amortización del anticipo durante el mes o
meses en que el empleado no perciba haberes.
5.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 12 de junio y finalizará el 18 de septiembre de 2015. Los peticionarios deberán aportar la siguiente documentación:
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Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto
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Copia del certificado de haberes del año 2014
6.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la
Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales.
Si la documentación fuera incompleta o existieran errores en la misma, se requerirá al interesado para que los subsane en el plazo de diez días o aporte los documentos omitidos, con indicación expresa de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite.
Una vez concluido el plazo de admisión de instancias, todas las Direcciones Zonales remitirán a la Unidad de Negociación de Recursos Humanos, Sección de Asuntos Sociales, las correspondientes certificaciones en el plazo que se
determine en las instrucciones complementarias a esta convocatoria.
7.- RESOLUCIÓN
A la vista de los préstamos solicitados, se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, las retribuciones dinerarias anuales íntegras de los solicitantes con cargo a Correos en el año 2014. En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.
8.- CANCELACIÓN
El desistimiento respecto de la solicitud de anticipo deberá notificarse, siempre por escrito (en modelo libre), a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos correspondientes y se entenderá siempre como cancelación anticipada del mismo, aún cuando éste no se hubiera hecho todavía efectivo. Por ello, el interesado deberá abonar, en su caso, el importe del seguro a través de su nómina de haberes y le será de aplicación lo previsto en esta convocatoria en
referencia al período de carencia para solicitar un nuevo anticipo sin interés.