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Seguridad Social asume las pensiones de clases pasivas a partir del 6 de Octubre de 2020.

Publicada: 01-06-2020

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
asumirá la Gestión de las pensiones de clases pasivas
a partir de 6 de octubre
 
 
 Con  efectos de 6 de octubre de 2020 el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asumirá las competencias en materia de reconocimiento, gestión y propuesta de pago de las prestaciones del Régimen de Clases Pasivas. Por consiguiente, cualquier trámite o gestión anterior al 6 de octubre de 2020 relacionada con una pensión o prestación del régimen de Clases Pasivas del Estado será competencia de la Dirección General de Costes de Personal, en el caso de pensiones causadas por funcionarios civiles, o de la Dirección General de Personal-Área de Pensiones del Ministerio de Defensa en el caso de pensiones causadas por personal militar y guardia civil.
 
Para obtener información adicional existen las siguientes posibilidades:
 
  • En el portal de Clases Pasivas podrá obtener información detallada y actualizada de las pensiones del Régimen del Clases Pasivas del Estado. Asimismo, podrá obtener los formularios para solicitar tales prestaciones, conocer la normativa que las regula, las direcciones y teléfonos de los distintos puntos de contacto, así como informarse sobre el procedimiento administrativo que se sigue para su reconocimiento o calcular el importe de su futura pensión, si es un funcionario próximo a jubilarse. También podrá plantear una consulta sobre Clases Pasivas en el apartado “Atención al pensionista” dentro de la pestaña “Pensionistas”.
  • En la página web del Ministerio de Defensa, podrá obtener información detallada y actualizada sobre las pensiones del Régimen del Clases Pasivas del Estado causadas por personal militar y guardia civil, obtener los formularios para solicitar tales prestaciones, conocer la normativa que las regula, las direcciones y teléfonos de contacto, así como informarse sobre el procedimiento administrativo que se sigue para su reconocimiento o calcular el importe de su futura pensión, si es personal próximo a retirarse. También podrá plantear su consulta sobre Clases Pasivas militares en el Servicio de información, cuyos datos de contacto aparecen en el citado enlace: “Apartado CONTACTO”.
  • En la Sede electrónica de la Dirección General de Costes de Personal y en la Sede electrónica del Ministerio de Defensa, podrá acceder a servicios electrónicos y a la solicitud electrónica de prestaciones de Clases Pasivas.
 
 
 
 
Normativa aplicable:
 
  • Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, que crea el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al que se atribuye la competencia en materia de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado.
  • Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en el que se establece un proceso gradual para la asunción de la competencia en esta materia.
 

 



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